18 de septiembre de 2011

Datos a tener en cuenta ante la Sesion informativa del ICAB

PRECEDENTES REMOTOS

En marzo Sesión informativa en el ICAB en la que el ponente señala que la Sra. Fernández Bozal persigue una rebaja lineal del 10% de los importes con los que se retribuyen actuaciones de los Abogados del Turno de Oficio, insiste en que el CICAC no acepta ninguna rebaja, y después de toda esa negativa a aceptar el recorte perseguido por la Sra. Fernández, manifiesta, con otras palabras, que estaban estudiando la manera de ceder a la pretensión de la Administración y puso como ejemplo de esa posibilidad el fastidiar a unos miles de Abogados de Cataluña disminuyendo la retribución percibida por las guardias penales.

PRECEDENTES INMEDIATOS

29 de agosto de 2011.- Fernández Bozal decide en julio (publicado el 29 de agosto) rebajar las ya míseras retribuciones.
Y aquí nadie hace nada.

31 de agosto de 2011.- 

*.- Miquel Puiggalí, afirma que cobrar en el desempeño del servicio público del Turno de Oficio 10 veces menos por los asuntos es asumible.


“Según el responsable del Turno de Oficio del CICAC, Miquel Puiggalí, un letrado de justicia gratuita puede cobrar 200 euros por un caso con el que en el mercado ganaría unos 2.000 euros, una diferencia que, en su opinión, es asumible porque constituye "la función social de la abogacía".

Nadie sale al paso de tan increíble afirmación del “responsable del Turno de Oficio del CICAC”

*.- El CICAC dice que recurrirá interesando la suspensión cautelar de la resolución.

Medida total y absolutamente inútil. Si la medida fuera útil, eficaz todos los demás profesionales (sanidad, enseñanza,…) la adoptarían ante las resoluciones que afectan a su dignidad profesional... pero no es así.

 -La Diputada del ICAB, del Turno de Oficio, dice –publicado está- que no piensan efectuar acciones que puedan perjudicar al ciudadano.  


http://www.lavanguardia.com/vida/20110910/54214153039/los-abogados-del-turno-de-oficio-no-cobran-desde-abril.html
 

¿Y nosotros no somos ciudadanos?, ¿no merecemos un trato digno?, ¿hemos de seguir poniendo trabajo y dinero para sostener un sistema que no hemos creado?

¿No tenemos derecho a llevar a cabo las acciones oportunas y eficaces  para dejar de ser considerados por la Administración pública (lo manifiesta en cada resolución) como la mano de obra/el esclavo del Estado de Derecho?,

¿No sabemos todos que presentar una solicitud de suspensión y nada es lo mismo?

-13 de septiembre de 2011.- La Generalitat paga el importe correspondiente a la regularización de 2010


“Además de los 4,6 millones de euros para pagar los servicios del turno de oficio del mes de mayo, la Generalitat también ha hecho efectivos este mes otros 622.742 euros para regularizar pagos a abogados del turno de oficio del año 2010. “


“Además de los 4,6 millones de euros para pagar los servicios del turno de oficio del mes de mayo, la Generalitat también ha hecho efectivos este mes otros 622.742 euros para regularizar pagos a abogados del turno de oficio del año 2010.”

¿Dónde está ese pago? 


-17 de septiembre de 2011.- En Granada, en Junta General toman medidas eficaces:

Los abogados de Granada suspenden el turno de oficio por impago (julio y agosto)


El Colegio de Abogados de Granada decidió ayer suspender el turno de oficio y no realizar las designaciones de letrados hasta que la Junta de Andalucía cumpla con sus pagos. La Administración, que se enteró por la prensa, asegura que se han pagado 2,4 millones mensuales para la prestación del servicio de justicia gratuita, aunque reconoció que aún quedan por pagar julio y agosto.


El Colegio de Abogados de Granada decidió ayer en su Junta General Extraordinaria suspender el servicio de turno de oficio y no realizar designaciones de letrados hasta que la Junta de Andalucía cumpla con lo que les adeuda económicamente y con los medios personales y materiales



Tomemos ejemplo: adoptemos en Junta General las medidas oportunas. ¿Quien mejor que los propios abogados que prestamos el servicio público del Turno de Oficio para decidir las acciones oportunas?

15 de septiembre de 2011

Dignidad


Veo el anexo de Fernández Bozal y me pregunto ¿dónde deja la Sra. Fernández nuestra dignidad?.

Voy a transcribir algunos conceptos de ese anexo señalando los importes que dicen correspondernos por ese trabajo y junto a ellos los que el ICAB señala como mínimos a efectos de Tasación de Costas y Juras de Cuentas. 

Si admitimos lo que dice Fernández Bozal ¿dónde queda nuestra dignidad profesional? 



F BOZAL

Criteris (sin IVA)




Vista Penal General y Sumario
177,98 €

1.500,00 €
Vista P. Abreviado
177,98 €
1.000,00 €
Recurso Apelación Sentencia
125,78 €

350,00 €
Comparecencia art 544
49,22 €

300,00 €
Juicio de Faltas
120,65 €

400,00 €
Monitorio
55,62 €
270,00 €
Rec. Casación -  Impugnación
307,19 €

1200-1800
Rec. De Amparo
0,00 €

1.500,00 €
Asistencia Detenido/Imputado
62,46 €

300,00 €
Asistencia Detenido/Imputado en organo judicial posterior



al dia de Guardia
62,46 €

300,00 €
Asistencia Detenido/Imputado en organo judicial posterior



al dia de Guardia complemento turno
62,46 €

300,00 €
Servicio Guardia asistencia
hora a



5,95.-€



12 de septiembre de 2011

Aprender algo de DIGNIDAD

Con transcribir como se trata en Francia el tema de la Guardias, con plasmar como tratan a los Abogados de Oficio se pone de manifiesto como día a día, en este país, pisotean nuestra dignidad personal y profesional.

En Francia la Magistratura se unió a las legítimas reclamaciones de la Abogacía y lo que reseño es un ejemplo de lo obtenido. No me lo invento, puedes ir a la fuente y comprobar la certeza de todo.

El abogado de oficio en materia penal: un abogado de oficio puede solicitarse en todo procedimiento penal.

Una persona perseguida por la jurisdicción penal puede pedir que un abogado le sea designado de oficio.

Por lo que se refiere a la detención preventiva, el abogado de oficio podía, hasta ahora, entrevistarse durante 30 minutos con la persona encausada.

Esta intervención se remuneraba 61 euros hora. (o una tarifa por hora de 122 euros hora) más los aumentos previstos en caso de intervención de noche o desplazamiento.

El abogado de la persona en situación de detención preventiva.

Intervención del abogado que se limita a la primera media hora de detención preventiva: 61 euros, es la tarifa actual.

Asistencia a una detención preventiva con presencia en las audiencias: 300 euros hora.

En caso de prolongación de la detención preventiva más allá de 24 horas: 150 euros hora.

  Para el abogado de la víctima

El abogado designado de oficio para asistir a la víctima percibirá 150 euros hora.

¿Qué prestación para qué tarifa?

La Cancillería, como el CNB, evalúa en 3 horas la duración de intervención efectiva de un abogado por detención preventiva (entrevista previa con el cliente, examen del expediente, más por término medio dos audiencias de una hora cada una). 

El importe de 300 euros, correspondería por lo tanto realmente a una tarifa por hora de 100 euros.

Durante una permanencia de las 24, un abogado podrá asistir a varias personas colocadas en detención preventiva. Así pues, para la asistencia de 3 personas, lo que es una hipótesis razonable, él percibirá 900 euros hora.


http://www.presse.justice.gouv.fr/lactujustice-11598/remuneration-de-lavocat-intervenant-en-garde-a-vue-22053.html